El Tribunal Superior de Jharkhand ha dictaminado que una persona que desee transferir una licencia por motivos compasivos debe ser dependiente del fallecido y debe reclamar la licencia por motivos compasivos.
Si bien aclara la aplicación de la Sección 11 Cha y la Sección 11 Ja de la Orden de control del sistema de distribución pública dirigida de Jharkhand, 2022, Justicia Ananda Sen detenido, “El artículo 11 de la Orden de 2022 estipula que la licencia puede transferirse por motivos humanitarios a un familiar del fallecido. Además, según el artículo 11 de la Orden de 2022, hay una cláusula que establece que si hay más solicitantes de la misma. dicha licencia por motivos humanitarios «Certificado de No Objeción» debe obtenerse de los demás reclamantes Por lo tanto, de las disposiciones anteriores se desprende claramente que la persona que pretende transferir dicha licencia por motivos compasivos debe ser dependiente del fallecido y debe reclamar el derecho. dicha licencia por motivos compasivos.
El caso surgió de una disputa sobre una licencia de sistema de distribución pública objetivo que inicialmente estaba en manos del padre del peticionario. Después de la muerte del padre del peticionario, la licencia fue transferida al hijo menor, el demandado No. 4. El peticionario presentó una petición escrita, alegando que no se había obtenido un 'Certificado de No Objeción' de los herederos como lo exige la Sección 11 ( Cha) y (Ja). de la Orden de control del sistema de distribución pública dirigida a Jharkhand, 2022.
El tribunal señaló que el peticionario no era dependiente del fallecido, ya que tenía su propia fuente de sustento independiente. Además, la madre del peticionario, viuda del licenciatario original, recomendó al demandado No. 4 transferir la licencia.
El tribunal declaró, «En lo que respecta a la reclamación de la licencia, nada indica que haya solicitado la transferencia de la licencia por motivos de compasión a su favor. El hecho que no puede pasarse por alto es que la madre de estas dos personas, es decir, la viuda del original licenciante, está vivo y lo ha recomendado al demandado No. 4.»
“Dado que la viuda del difunto ha testado al Demandado No. 4 y su deseo ha sido ejecutado por el Estado como el deseo de la viuda del difunto, encuentro que la licencia ha sido transferida válidamente a nombre del hijo menor, es decir, el Demandado No. 4,» Al rechazar la solicitud de citación, el tribunal añadió:
Título del caso: Brajkishore Sau contra el estado de Jharkhand
Citación de LL: 2024 LiveLaw (Jha) 104
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